lunes, 23 de diciembre de 2013

APRUEBAN PRECIOS MEDIOS DE VENTA EN LA GESTIÓN DEL ITPYA

Orden HAP/2367/2013, de 11 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.


En relación a los precios de venta aplicables en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, Impuesto de sucesiones y donaciones; se modifican los valores que se considerarán como precio de los vehículos terrestres, todoterrenos y embarcaciones para recreo. La revalorización viene indicada en los anexos en los que aparecen unas tablas donde aparece el precio actualizado.

El precio de los vehículos que no sean nuevos será el de aplicar a los precios medios que figuran en los Anexos I, II y III los porcentajes que correspondan; todo ello en función de los años de utilización y, en su caso, actividad del vehículo.

Cuando se trate de medios de transporte que hubieran estado previamente matriculados en el extranjero y que sean objeto de primera matriculación definitiva en España teniendo la condición de usados, del valor de mercado calculador, se minorará el importe residual de las cuotas de los impuestos indirectos.


Entrará en vigor el día 1 de enero de 2014.

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