lunes, 4 de enero de 2016

REVALORIZACIÓN DE LAS PENSIONES DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

El día 30 de diciembre de 2015 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto 1170/2015, de 29 de diciembre, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2016. En el mismo se establece una revalorización general de las pensiones de la Seguridad Social, es decir de incapacidad permanente, jubilación, viudedad, orfandad y en favor de familiares del sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, del 0,25 por ciento. 

El importe de la pensión, una vez revalorizada, estará limitado a la cantidad de 2.567,28 euros, entendiendo esta cantidad referida al importe de una mensualidad ordinaria.Las pensiones que excedan de 2.567,28 euros mensuales no se revalorizarán. Esta revalorización se aplicará al importe de la pensión que se tuviera a fecha 31 de diciembre de 2015.

Si se trata de revalorización de pensiones reconocidas en aplicación de normas internacionales debemos acudir al artículo 14 del Real Decreto

De la misma manera que los artículos 10 a 13 regulan la revalorización para el supuesto de concurrencia de pensiones.

Área Jurídica

Sandra Redondo López

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